Todas las empresas con trabajadores tienen la obligación de formar e informar en materia de acoso, tanto laboral como sexual, y de cualquier forma de discriminación en el trabajo.
Esta Ley ha sido desarrollada normativamente y actualmente el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, la Ley Orgánica 7/2007 sobre la Igualdad de los hombres y mujeres y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Anteriormente, no estaban sancionando por ello, pero desde ahora, las empresas que no cumplan con esta normativa tipificada como muy grave, están expuestas a multas de entre 6.251€ a 187.515€.
Por ello, es muy importante saber si al menos uno de los trabajadores está formado e informado como exige esta normativa para evitar males mayores.
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